Guía rápida y preguntas frecuentes de VeriFactu
Las preguntas reales que aparecen una y otra vez al investigar VeriFactu — no una lista genérica rellena para ocupar espacio.
¿Qué diferencia hay entre VERI*FACTU y NO VERI*FACTU?
Son dos modalidades igual de válidas para cumplir el reglamento. VERI*FACTU envía cada registro de facturación a la Agencia Tributaria en el momento. NO VERI*FACTU los conserva en tu propio sistema, con las mismas garantías de integridad (hash encadenado), pero sin remitirlos automáticamente.
¿Mi programa actual (Excel, Word, plantilla manual) sirve?
No. Esas herramientas no generan el registro de facturación con hash encadenado ni el QR obligatorios, así que no cumplen el reglamento por mucho que "parezcan" una factura correcta.
¿Es verdad que hay una exención por facturar menos de 600.000 €?
No, es un rumor falso. No existe ninguna exención por volumen de facturación en la normativa VeriFactu.
¿Qué pasa si no me adapto a tiempo?
Sanción de 50.000 € por ejercicio para quien usa un sistema no conforme (art. 201 bis.1 LGT) — es la que afecta a la inmensa mayoría de autónomos y pymes. Hay otra de 150.000 € para quien fabrica o vende ese software, no para quien lo usa. Detalle completo en sanciones y multas.
¿Cómo sé si el software que uso ya está adaptado?
Pide al fabricante su declaración responsable, el documento donde certifica que cumple el reglamento. Ver el comparador de software homologado para más detalle.
¿VeriFactu y la factura electrónica B2B son lo mismo?
No — son dos leyes distintas que se confunden constantemente porque llegan casi a la vez. VeriFactu regula cómo genera tu software cada factura; la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) regula cómo la envías a otra empresa. Si facturas a otros negocios, tienes que cumplir las dos.
¿VeriFactu afecta a quien tributa por módulos?
Sí, con matices propios de la estimación objetiva — sigue las mismas fechas límite según seas sociedad o autónomo.
¿Cómo verifico si una factura que me han emitido es válida?
Usa el comprobador de facturas — mete los datos del QR fiscal (NIF, número de serie, fecha, importe) y te lleva directo al validador oficial de la AEAT.
Mi gestoría lleva mi facturación, ¿tengo que hacer algo yo?
Depende de quién emite la factura de verdad. Si tu gestoría factura por ti con su propio software, la adaptación es cosa suya — pero pregúntales directamente si ya cumplen, no lo des por hecho. Si tú sigues emitiendo las facturas (aunque ellos lleven la contabilidad después), la adaptación del programa que usas es responsabilidad tuya.
¿El plazo se va a volver a aplazar una tercera vez?
No se puede prometer que no — ya se ha aplazado dos veces desde 2023. Por eso este sitio recomienda comprobar siempre la fecha en la nota informativa oficial antes de tomar una decisión importante.